miércoles, 7 de octubre de 2015



C O M U N I C A D O No. SEE/CGPyEE/DPE/DE/09/2015



Morelia, Mich; septiembre 30 de 2015.



C.C. DIRECTORES GENERALES, COORDINADORES, SUPERVISORES Y RESPONSABLES DE LAS ÁREAS EDUCATIVAS DE ESCUELAS
E INSTITUCIONES ESTATALES Y FEDERALES.
P R E S E N T E:



Por instrucciones del Ing. Ulises G. Cerano Fabián, Director de Planeación Educativa, y de acuerdo a lo dispuesto por la Secretaria de Educación Pública, mediante la Dirección General de Planeación y Estadística Educativa, se comunica que el proceso del levantamiento estadístico correspondiente al inicio de cursos del ciclo escolar 2015-2016 se realizará en el periodo comprendido del:


01 al 31 de octubre para Educación Inicial, Especial y Básica,
01 de octubre al 02 de noviembre para Educación Media Superior y Superior


Motivo por el cual, requiero de su valorable colaboración, para que hagan extensiva las fechas de captura para cada nivel educativo, a efecto de requerir a todas y cada una de las escuelas e instituciones bajo su jurisdicción y tomen las medidas necesarias para dar cumplimiento en tiempo y forma a lo antes solicitado, ya que el periodo para la captura es improrrogable.

Dicha captura se realizará por medio del sistema F911, según el nivel de educación a capturar, a través de la dirección electrónica: Educación Inicial, Especial y Básica: http://www.f911.sep.gob.mx, Educación Media Superior: http://www.f911mediasuperior.sep.gob.mx y Educación Superior: http://www.f911superior.sep.gob.mx; los usuarios y contraseñas de acceso al sistema, se distribuirán por medio de la estructura correspondiente.

Así mismo, se hace de conocimiento, que el levantamiento de información es de observancia general y obligatoria para los sectores Públicos y Privados,  ya que con ello, se permitirá obtener información estadística, geográfica y censal del sector educativo que integra el Sistema Nacional de Información Educativa, además, de que es considerada Información de Interés Nacional, como lo establece el artículo 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información estadística y Geográfica (INEGI):


“Artículo 78. Además de los temas señalados en las fracciones I a III del artículo 59 del presente ordenamiento, sólo podrá considerarse información de Interés Nacional para efectos de esta Ley, la que satisfaga los criterios siguientes:

I.              Se trate de los siguientes temas, grupos de datos o indicadores: población y dinámica demográfica; salud; educación; empleo; distribución de ingreso y pobreza; (…)”


Por lo tanto, se informa que la falta de respuesta al cuestionario, la falsedad en los datos e informes requeridos, y de manera general, el presente procedimiento, estarán sujetas a las REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE FALTAS ADMINISTRATIVAS E IMPOSICIÓN DE SANCIONES, POR LA COMISIÓN DE INFRACCIONES A LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA (DOF 13/10/2014).

Es por ello, que con el fin de dar cumplimiento al requerimiento anterior, en el artículo 5 de la norma antes citada, se indica a todos y cada uno de quienes sean responsables de proporcionar Información estadística, lo siguiente:
Artículo 5.- De conformidad con el artículo 40 de la Ley, a quienes sean Informantes del Sistema y se les requieran datos estadísticos o geográficos, deberán ser enterados de:
I. El carácter obligatorio o potestativo de sus respuestas, según corresponda;
II. La obligación de proporcionar respuestas veraces, y de las consecuencias de la falsedad en sus respuestas a los cuestionarios que se les apliquen;
III. La posibilidad del ejercicio del derecho de rectificación;
IV. La confidencialidad en la administración, manejo y difusión de sus datos;
V. La forma en que será divulgada o suministrada la Información, y
VI. El plazo para proporcionar los datos, el cual deberá fijarse conforme a la naturaleza y características de la información a rendir. […]

En cuanto a las Sanciones que se refieren en el presente comunicado, se encuentran contenidas en los artículos 8, 9, 10, 21, 22 y 23 de la citada Ley.

Para cualquier duda o aclaración al respecto, se encuentra disponible pone a disposición el teléfono: (443) 3 08 57 85.

Agradeciendo de antemano su colaboración, quedo de usted.



ATENTAMENTE



LIC. VICKY YUVITZA URIBE ESPAÑA
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA


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